El Estado de Naturaleza según John Locke: Derechos Naturales y el Contrato Social

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Locke, filósofo inglés nacido en Wrington en 1632, fue una figura fundamental de la Ilustración inglesa. Su pensamiento se vio influenciado por los ilustrados franceses durante su exilio en Francia y Holanda, así como por el contexto político del siglo XVII en Inglaterra. Este contexto estuvo marcado por las luchas entre Whigs y Tories, la Revolución Gloriosa, la Declaración de Derechos (Bill of Rights), el auge de las monarquías parlamentarias, las revoluciones burguesas, la consolidación de Inglaterra como potencia comercial, los avances científicos y tecnológicos que cuestionaban el método axiomático en favor del experimental, y el desarrollo de nuevas constituciones burguesas como la de Carolina del Sur y la Declaración de Independencia de Estados Unidos. Entre sus obras más destacadas se encuentran "Dos tratados sobre el gobierno civil", "Carta sobre la Tolerancia" y "Ensayo sobre el Entendimiento Humano".

En su obra de filosofía política "Dos tratados sobre el gobierno civil", publicada anónimamente en 1689, Locke introduce en la segunda parte la idea de una sociedad política o civil basada en los derechos naturales y el contrato social.

Definición y características del Estado de Naturaleza

Para Locke, el Estado de Naturaleza no es un estado de libertad incontrolada como lo concebía Hobbes. No se reduce a una existencia puramente animal, ya que la racionalidad humana impone límites a nuestras acciones. Según Locke, el ser humano no puede dañarse a sí mismo ni a los demás, argumento que desarrolla a lo largo de su obra.

La ley natural y la razón

  • La ley natural proviene de la razón, común a todos los seres humanos: La razón nos obliga a reconocer a todos los seres humanos como iguales e independientes. Nadie debe dañar a otros en su vida, salud o posesiones.
  • Creación divina e igualdad: Todos los hombres son obra de un creador omnipotente (Dios), del cual somos propiedad. Los animales y otros seres fueron creados para ser útiles al ser humano.
  • La razón como elemento diferenciador: La razón define al ser humano y lo distingue de los animales. En este sentido, Locke sigue la línea de filósofos griegos como Platón y Aristóteles. La defensa de la racionalidad es una característica central de la Ilustración.

La razón humana nos hace iguales y, como presupuesto de la libertad, nos convierte en individuos autónomos e independientes. Esta igualdad natural implica que no podemos atentar contra la vida de otros ni contra aquello que la sostiene: salud, libertad o posesiones necesarias para la supervivencia. Hacerlo sería asumir que ese ser es desigual y dependiente de nuestra voluntad.

Locke argumenta que nuestra condición de criaturas divinas es la base de nuestra igualdad natural, ya que todos dependemos de Dios. Esta argumentación revela los presupuestos religiosos del liberalismo político. Si bien el poder ya no depende directamente de Dios, la vida humana sigue perteneciéndole.

Además, Locke establece una diferencia explícita entre el hombre y los animales, colocando a estos últimos al servicio del ser humano por mandato divino. La explotación de la naturaleza se convierte así en una de las bases del liberalismo: es el fundamento de la sociedad y el progreso humano, y el ser humano tiene derecho a apropiarse de ella para sobrevivir.

Deberes del ser humano

  • Preservación de la vida: El ser humano debe preservar su propia vida y la de los demás cuando su propia preservación no esté en juego.
  • Protección de la propiedad: Debe preservar también todo aquello necesario para la preservación de la vida: libertad, salud, integridad, bienes, etc. La obligación de preservar la vida se extiende a la protección de la propiedad que la garantiza. Los bienes pertenecen a quien los trabaja para producir bienestar propio y social. Esta idea constituye una de las bases del liberalismo económico.

1-5: los límites de la libertad en el Estado de Naturaleza. 5-8: la origen de la ley natural y sus normas. 8-15: deberes del ser humano, respecto a sí mismo y a los otros.

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