Normativas Internacionales de Seguridad para Buques Pesqueros y Tripulaciones
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Código de Seguridad para Pescadores y Buques Pesqueros
La Comisión sobre Condiciones de Trabajo en la Industria Pesquera, convocada por la OIT para estudiar algunos aspectos en las condiciones de trabajo, recomendó elaborar un código internacional sobre los aspectos náuticos, operacionales y profesionales de la seguridad de los buques de pesca y su tripulación.
Para poder elaborar dicho código, se tuvieron que poner de acuerdo la FAO, la OIT y la OMI. Se prepararon diversos proyectos acordándose dividirlos en dos partes: A (para patrones y tripulantes) y B (para constructores y armadores).
En 1977, la Conferencia Internacional sobre Seguridad de los Buques Pesqueros adoptó el Convenio Internacional de Torremolinos para la seguridad de los buques pesqueros. Por diversas razones, este no entró en vigor y posteriormente se adoptó el Protocolo de Torremolinos en 1993. Este último ha sido modificado en varias ocasiones por diversos organismos como la OMI, la OIT, entre otros, siendo aprobada la última reforma del año 2005.
STCW (Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar - 1978)
Es un Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar.
Entró en vigor en 1984, y desde entonces ha sufrido enmiendas:
- Formación sobre formación especial del personal de buques tanque.
- Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM).
- Formación del personal de buques de pasaje y ferris.
- Formación sobre manipulación y estiba de cargas a granel.
En 1995, la OMI aprobó estas enmiendas y adoptó el Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, que consta de dos partes:
- Parte A: establece las normas mínimas obligatorias que tendrán que cumplir ambas partes para dar efectividad a este Convenio.
- Parte B: orientaciones con carácter de recomendación que sirvan a ambas partes para hacer efectivo este Convenio.
MOU (Memorando de Entendimiento sobre el Control del Estado Rector del Puerto)
Se trata de un acuerdo de los países miembros de la UE y los países escandinavos con el objetivo de intercambiar información sobre el control del Estado que dirige el puerto sobre las condiciones de trabajo y seguridad de los buques a través de una inspección (Port State Control).
Los convenios que debe controlar el MOU para su cumplimiento son:
- SOLAS
- Convenio sobre Líneas de Carga
- MARPOL
- COLREG
- STCW
- Convenio sobre Normas Mínimas de Trabajo