Obligaciones de Cotización y Sistema RED: Guía Completa para Empresas y Trabajadores
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Obligaciones de Cotización y Sistema RED
La obligación de cotizar recae sobre:
- Trabajador y empresario: contingencias comunes, desempleo, formación profesional.
- Empresario: Fondo de garantía salarial y contingencias profesionales.
Cotización por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT y EP)
Los tipos de cotización aplicables varían según los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
El Sistema RED
El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) es un servicio ofrecido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a empresas y profesionales. Facilita el intercambio de información y documentos a través de internet.
Gestiones que Permite Realizar el Sistema RED
- Afiliación de trabajadores: Comunicación de altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores. Petición de informes relativos a trabajadores y empresas.
- Partes de altas y bajas de incapacidad temporal: Tramitación de los partes de baja médica, confirmación de baja y alta médica, tanto derivados de contingencias comunes como de contingencias profesionales.
- Cotización de empresas: Confección y obtención de la relación nominal de trabajadores y generación automática del recibo de liquidación de cotizaciones.
- Ingreso de cuotas: Cargo en cuenta mediante domiciliación bancaria y pago electrónico a través de cajeros automáticos, banca telefónica, internet o presencialmente en entidades financieras.
- Consulta de mensajes: Los usuarios pueden realizar consultas online de los mensajes emitidos por la TGSS e imprimirlos en formato PDF.
- Inscripción de empresas: Solicitud de su propia inscripción.
Órganos Inspectores
La responsabilidad de controlar y vigilar el cumplimiento de las normas en materia laboral y de seguridad social recae en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Su finalidad es velar por el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social de empresas y trabajadores, y exigir las responsabilidades administrativas en las que pudieran incurrir ambos. También facilita asesoramiento e información en materia laboral y de Seguridad Social. El plazo de prescripción es de cuatro años.
Medidas que Adopta la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
- Requerimientos o actas de advertencia: Cuando no se deriven perjuicios directos a los trabajadores.
- Actas de infracción: Iniciar procedimientos sancionadores mediante la extensión de actas de infracción.
- Actas de liquidación: Iniciar expediente liquidatario en el caso de que se constataran deudas en la cotización de la Seguridad Social o respecto a los demás conceptos que se recaudan conjuntamente.
- Promover procedimientos de oficio: Para la inscripción de empresas, afiliación y altas y bajas de trabajadores.
- Promover procedimiento: Para el encuadramiento de empresas y trabajadores en el régimen de la Seguridad Social que proceda.