Orígenes y Evolución del Derecho Administrativo: Del Modelo Francés a la Gestión Pública Moderna

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La «Huida del Derecho Administrativo» y sus Límites

La mitificación de la empresa privada, vinculada a las tendencias neoliberales, ha generado una crítica radical de las formas tradicionales de actuación administrativa, como la rigidez burocrática y el formalismo legalista. En respuesta, se ha propuesto la introducción de métodos y formas de gestión empresarial en el ámbito público, conocido como el nuevo "Public Management", enfocado en la eficacia y la eficiencia económica, así como en la flexibilización del funcionamiento administrativo mediante la eliminación de trabas jurídicas y burocráticas, facilitada por el uso de nuevas tecnologías de la información.

Desde un punto de vista jurídico, esta tendencia ha llevado a sustituir la aplicación del derecho administrativo por el derecho privado en actividades que admiten formas de gestión mercantil. Esto ha resultado en la externalización de servicios públicos mediante contratos con empresas privadas, la creación de entidades privadas para realizar actividades públicas con fondos públicos, y la aplicación del derecho privado en las relaciones de la Administración con su personal y bienes, reduciendo trámites y controles.

Sin embargo, es importante destacar que si bien la Administración debe adaptarse a las demandas actuales de eficiencia y productividad, no siempre es adecuado ni deseable que se rija por las mismas normas que las empresas privadas. Esto puede llevar a una reducción de controles, menor transparencia y una mayor libertad de decisión para los gestores públicos, lo que podría resultar en inseguridad jurídica, abusos de poder y discriminaciones.

Los principios y reglas del derecho público tienen su fundamento en el estatuto constitucional de la Administración como organización destinada a satisfacer los intereses generales y deben ser respetados para garantizar la responsabilidad pública y el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos.

El Modelo Francés de Derecho Administrativo y su Difusión por el Continente Europeo

El modelo de derecho administrativo tiene su origen en Francia durante el período de la Revolución. Los dirigentes revolucionarios, desconfiados de un poder judicial independiente que históricamente había obstaculizado reformas necesarias, interpretaron la división de poderes como una estricta separación de poderes. Por ello, mediante leyes de agosto de 1790, prohibieron a los jueces inmiscuirse en actividades administrativas.

Sin embargo, la necesidad de asegurar el cumplimiento de la ley incluso por las autoridades administrativas llevó a establecer remedios jurídicos para los ciudadanos perjudicados, como el recurso jerárquico y, posteriormente, la creación del Consejo de Estado como órgano especializado en resolver recursos contra decisiones administrativas. El Consejo de Estado, mediante una jurisprudencia innovadora, dedujo los principios y técnicas que formaron la base del derecho administrativo, no solo en Francia, sino también en otros países europeos e incluso en algunas regiones de Iberoamérica.

Este sistema de derecho administrativo, que combina el reconocimiento de la capacidad de la Administración para servir los intereses generales con la garantía de los derechos individuales de los ciudadanos, se fue elaborando sobre la adaptación al derecho público de instituciones del derecho privado. En otros países europeos como Alemania e Italia, se plantearon problemas similares respecto al control jurisdiccional de la Administración. Aunque inicialmente se prefirió mantener la competencia de los jueces ordinarios, con el tiempo se impuso la creación de una jurisdicción administrativa especializada, siguiendo el modelo francés.

En resumen, las bases del derecho administrativo, aunque se originaron en Francia durante la Revolución, se han extendido y adaptado a otros países europeos, contribuyendo la doctrina y jurisprudencia francesa, así como la de otros países, a la formación de un acervo común de principios y técnicas jurídicas propias de esta disciplina en toda Europa.

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