Panorama de Impuestos en España: Transmisiones, IVA, Especiales y Tráfico Exterior
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Impuestos en España: Una Visión General
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se refiere a tres impuestos:
- El **Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITPO)**.
- El **Impuesto sobre Operaciones Societarias (IOS)**.
- El **Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)**.
Es un impuesto indirecto, real, objetivo, instantáneo y cedido a las CC.AA. Grava las transmisiones patrimoniales onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Impuesto general sobre el consumo, totalmente armonizado a nivel europeo. El 50% de lo recaudado está cedido a las CC.AA. Es un impuesto plurifásico porque grava todas las fases de producción y distribución.
Somete a tributación: las operaciones interiores, las adquisiciones intracomunitarias de bienes y las importaciones de bienes.
El IVA es compatible con los Impuestos Especiales, modalidad IOS y modalidad IAJD, mientras que es incompatible con la modalidad ITPO.
Impuestos Especiales (II.EE.)
Impuesto armonizado que recae sobre consumos concretos y específicos. Es compatible con el IVA y monofásico, ya que solo grava una fase de la producción o distribución.
Desde el 58% hasta el 100% de lo recaudado de estos impuestos, según cuál sea, están cedidos a las CC.AA. Posee una gran capacidad recaudatoria y un marcado carácter extrafiscal.
Se clasifican en impuestos de fabricación, impuesto sobre determinados medios de transporte e impuesto especial sobre el carbón.
Impuesto sobre Primas de Seguros
Grava la realización de operaciones de seguro y capitalización basadas en técnica actuarial con entidades aseguradoras que operen en España. El sujeto pasivo son las entidades aseguradoras, que deberán repercutir el impuesto sobre las personas que contraten los seguros.
Impuestos que Gravan el Tráfico Exterior
Gravan las importaciones al territorio aduanero de la UE. El producto de lo recaudado se debe transferir a la UE porque forma parte de sus recursos propios. Tienen función extrafiscal de los derechos de aduanas para proteger los productos internos de la UE frente a la competencia exterior.
Procedimiento Mediante Declaración
El procedimiento de declaración seguida de acto administrativo de liquidación será de aplicación exclusivamente en los casos en que así lo prevea la normativa del correspondiente tributo.
Iniciación
Mediante declaración del obligado tributario en la que se manifieste que se ha realizado el hecho imponible y se aporten los datos necesarios para que la administración proceda a la liquidación.
Tramitación
Realización por la administración de operaciones de calificación y de valoración o cuantificación de la deuda tributaria. A estos efectos podrá:
- Utilizar los datos consignados en la declaración.
- Requerir al obligado tributario para que aclare o justifique los datos declarados.
- Realizar actuaciones de comprobación de valores.
Si la liquidación debe realizarse sobre datos distintos de los incluidos en la declaración:
- Propuesta de liquidación motivada.
- Alegaciones.
Terminación
- Mediante liquidación provisional.
- Por caducidad una vez trascurrido el tiempo previsto (con carácter general 6 meses).