Posibles daños de la salud
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EL ACCIDENTE DE TRABAJO-Punto de vista tecnico, es todo suceso anormal ,no querido, ni deseado, que interrumpe la continuidad en el trabajo, de forma subita e inesperada y produce daños contra las personas o las cosas. Punto de vista legal, es toda lesion corporal que sufre el trabajador por cuenta ajena con ocasión o consecuencia del trabajo. Analizemos los elementos de esta definición. En un principio solo se reconocia a los trabajadores con cuenta ajena ahora autonomos, debe existir una razon de causalidad entre el trabajo y la lesion, se ha de producir una lesion corporal, la ley general de la SS amplia el concepto al incluir estos casos. Accidente de trabajo in itinere, se sufre al ir o volver del trabajo, cumpliendo tres requisitos, que ocurra al cambio de ida o vuelta al domicilio habitual. Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el suceso que produce el accidente. Que suceda durante el recorrido habitual. Los requisitos exigidos sonn flexibles considerando se como domicilio habitual el fin de semana, el camino no utilizado a diario por estar cortado por una huelga. Tambien se considera accidente de trabajo el desplazamiento de un trabajador por motivo de cargo sindical. En accidente de trabajo que sufre un trabajador por realizar tareas no propias de si categoria profesional, pero que debe hacer para el buen funcionamiento de la empresa. Accidentes de trabajo en mision son aquellos que sufre el trabajador en desplazamiento realizados para cumplir con el puesto de trabajo. Actos de salvamiento, son los que realiza el trabajador para salvar a personas que no se encuentran en el centro de trabajo . enfermedades no incluidas en la lista del real decreto 1299/2006 y que contrajo el trabajador con motivo de su trabajo, siempre y cuando pruebe que fue por causa de la ejecución del mismo. -Enfemedades o defectos padecidos por el trabajador con anterioridad y q se agravan como consecuencia de una lesion producida por un accidente de trabajo-Enfermedades interrecurrentes.- son aquellas complicaciones derivadas del proceso patologico del AT o q tienen su origen en el nuevo medio en el q se situa al paciente para su curacion
POSIBLES DAÑOS DE LA SALUD-La ley de prevencion de riesgos laborales considera daños derivados del trabajo las enfermedades,patologias o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.LA ENFERMEDAD PROFESIONAL, punto de vista tecnico consiste en el deterioro paulatino de la salud del trabajador por la sobre exposición reiterada a situaciones insalubres producidad en el trabajo, punto de vista legal , la ley general de SS define la enfermedad profesional como la contraida con ocasión del trabajo por cuenta ajena, con motivo de la realización de actividades establecidas en un cuadro de desarrollo reglamentario.Elementos de esta definición: Solo se reconocia a trabajadores por cuenta ajena, en la actualidad tambien los autonomos. Debe tratarse de una enfermedad recogida en el listado del real decreto 1299/2006.la enfermedad debe contraerse por realizar alguna de las actividades listadas en el cuadro del real decreto clsificadas en 6 grupos.Grupo 1: causadas por agente quimicos.Grupo 2: causdas por agentes fisicos.Grupo 3: causadas por agentes biologicos.Grupo 4: causadas por inalacion de sustancias y agentes.Grupo 5: de la piel causadas por sustancias y agentes.Grupo 6. causadas por sustancias carcinogenicos.Grupo 2: AGENTE. Enfermedades provocadas por el esfuerzo mantenido en la voz. SINTOMAS. Nodulos vocales agudos o cronicos que originan fatiga vocal, con disfonia y dolor a la fonacion y posteriormente disfonia cronica.ACT CAPACES. Act donde se precise el uso mantenido y continuado de la voz.Grupo 3:
AGENTE | SINTOMAS | ACT CAPACES |
Virus de Hepatitis B,C o VIH | Hepatitis B,C o VIH Hepatopatias evolutivas de etiologia virica | Personal sanitario,trabajadores de laboratorios odontologos,personal de auxilio |
Mycobacteritum tuberculosis | tuberculosis | Personal sanitario y auxiliar de instituciones cerradas |
Mycobacteritum leprae | lepra | Personal sanitario y auxiliar de instituciones cerradas |
Brucella melitensis | brucelosis | Personal de laboratorio |
Bordetella pertissis | tosferina | Personal sanitario |
Sarcoptes scabiei | escabiosis | Personal sanitario, trabajadores de centros penitenciarios |