Prestaciones por Incapacidad Permanente y Desempleo: Tipos, Requisitos y Cuantía

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Tipos de Incapacidad Permanente

La incapacidad permanente se clasifica en varios grados, dependiendo del impacto que tenga en la capacidad laboral del trabajador:

  • Incapacidad Permanente Parcial: Se produce cuando el trabajador experimenta una disminución de al menos el 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin llegar a impedirle realizar las tareas fundamentales de la misma. La indemnización correspondiente equivale a 24 mensualidades de la base reguladora.
  • Incapacidad Permanente Total: Inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, pero podría dedicarse a otra distinta. La prestación consiste en el 55% de la base reguladora.
  • Incapacidad Permanente Absoluta: Inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. La prestación es del 100% de la base reguladora.
  • Gran Invalidez: Se aplica al trabajador que, además de estar en situación de incapacidad permanente, necesita la asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos más esenciales de la vida, como vestirse, desplazarse, comer, etc., debido a pérdidas anatómicas o funcionales. La prestación asciende al 150% de la base reguladora.

Prestación por Desempleo

El desempleo se define como la situación en la que se encuentran las personas que, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada ordinaria de trabajo al menos en una tercera parte, con la correspondiente reducción proporcional del salario.

Beneficiarios

Tienen derecho a la prestación por desempleo todos los trabajadores por cuenta ajena, retribuidos a salario, incluyendo aquellos retribuidos "a la parte" que tengan previsto cotizar por la contingencia de desempleo.

Requisitos

Para acceder a la prestación por desempleo, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.
  • Haber cotizado un período mínimo de 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • No haber cumplido la edad ordinaria para tener derecho a la pensión de jubilación.
  • Suscribir un compromiso de actividad, que implica la obligación del solicitante o beneficiario de las prestaciones de buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones específicas de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional para incrementar su ocupabilidad, así como cumplir las restantes obligaciones previstas.

Cuantía de la Prestación por Desempleo

La cuantía de la prestación por desempleo se calcula en función de la base reguladora:

  • 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días.
  • 60% de la base reguladora a partir del día 181 hasta el final de la prestación.

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