Procedimiento Administrativo: Fases, Interesados y Capacidad de Obrar

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El Procedimiento Administrativo

El procedimiento administrativo es la forma a través de la cual deben producirse los actos administrativos. Está regulado por el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que determina la manera de actuar de la Administración para garantizar la participación y los derechos de los ciudadanos.

El incumplimiento del procedimiento puede llegar a invalidar el acto administrativo.

Interesados

Para tomar parte en un procedimiento administrativo se debe tener capacidad de obrar ante la administración y tener interés en el acto administrativo que resulte.

Capacidad de Obrar

Están habilitados para obrar los que lo estén según el Código Civil y los menores de edad, sin la asistencia de sus padres, en los casos que se lo permita el ordenamiento jurídico de forma expresa.

Interés en el Procedimiento

  • Quienes lo promuevan como titulares de intereses o derechos legítimos individuales o colectivos.
  • Los que tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que se adopte.
  • Aquellos cuyos intereses legítimos puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento antes de la resolución definitiva.

Fases del Procedimiento Administrativo

Iniciación

Puede ser:

  • De oficio: la realiza la administración por el órgano competente, o por orden superior.
  • A instancia del particular: a través de una solicitud.
Denuncia

La denuncia es un documento a través del cual cualquier ciudadano pone en conocimiento de la administración la existencia de hechos que puedan iniciar un procedimiento. Debe contener los siguientes datos:

  • Encabezamiento: nombre, apellidos y DNI del denunciante.
  • Denuncia: indicará el órgano al que se dirige seguido de la exposición de los hechos que se denuncian.
  • Relación de documentos que se aportan.
  • Lugar y medio de notificación.
  • Lugar, fecha de presentación y firma.
  • Titular del órgano al que se dirige y ubicación. Escrito en la parte inferior con letras mayúsculas.
Solicitud a Instancia del Particular

Se realiza a través de una solicitud que debe contener la siguiente información:

  • Identificación: nombre, apellidos, DNI del interesado y, en su caso, del representante.
  • Hechos, razones y peticiones.
  • Lugar y fecha de presentación.
  • Firma del solicitante.
  • Órgano al que se dirige.
  • Documentos que acompaña (en cualquier soporte).
  • Medios y lugar de notificación elegido por el interesado.

Al presentar la solicitud, se puede exigir un recibo que acredite la fecha de presentación de lo entregado.

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