Protección por Desempleo: Requisitos, Cálculo y Subsidios
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Protección por Desempleo
El desempleo es la prestación que protege a aquellos trabajadores que, pudiendo y queriendo trabajar, han perdido su empleo y reúnen los requisitos que señalan las leyes para acceder a la prestación.
1. Requisitos
- Haber cotizado como mínimo 360 días en los últimos 6 años.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Suscribir un compromiso de actividad, lo que supone que la persona está disponible para buscar empleo y que aceptará una colocación adecuada.
- Solicitar la prestación en los 15 días hábiles siguientes. Si se solicita posteriormente, tendrá dos descuentos: empezará a cobrar en la fecha que lo solicitó y, además, se le descontarán otros tantos días por el retraso.
2. Situación Legal de Desempleo
No se considera situación legal de desempleo:
- Cuando el trabajador cesa voluntariamente, salvo causa justificada.
- Cuando el empresario opta por la readmisión y el trabajador no vuelve al trabajo.
Cálculo de la Prestación por Desempleo
Los primeros 180 días se cobra un 70% de la base. A partir del día 181 hasta el final, se reduce al 50% de la base. En función del número de hijos, hay un tope máximo y mínimo de la cantidad anterior, el cual está en función del IPREM.
Topes Máximos para 2015
- Sin hijos: 1087,21 €
- Con un hijo: 1242,53 €
- Con 2 hijos o más: 1397,75 €
Topes Mínimos a Cobrar de Paro
- Sin hijos: 497 €
- Con hijos: 664,75 €
Extinción del Desempleo y Otras Situaciones
Si el trabajador firma otro contrato de menos de un año, al finalizar este, sigue cobrando el paro que le faltaba, ya que el nuevo contrato menor de un año no le permite generar nuevo paro.
Si la duración es de un año o superior, al finalizar, tienen dos opciones:
- Seguir cobrando el paro que le faltaba por cobrar.
- Recibir un nuevo paro por el tiempo trabajado superior a un año, con las cantidades nuevas (pero al elegir la opción 1, se pierde la opción 2).
Subsidio por Desempleo
Al terminar la prestación, existe un nivel asistencial llamado subsidio por desempleo, que protege a algunos trabajadores en determinados supuestos de carencias de rentas del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
La cuantía corresponde a un 80% del IPREM, para el 2015, 426 € al mes. Su duración suele ser de 6 meses, se permiten prórrogas hasta llegar a 20 meses según las circunstancias.
Si es para mayores de 55 años, se suele prolongar hasta la edad de jubilación. Para calcular la carencia de rentas del 75% del SMI, se toma la renta media familiar y no la renta personal.