Reformas Constitucionales en España: Procedimientos y Referéndums
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Referéndum Consultivo (Art. 92)
Hasta la fecha, se ha utilizado en dos ocasiones: la primera, para aceptar o rechazar la decisión política del gobierno socialista sobre la permanencia de España en la Alianza Atlántica (referéndum de la OTAN). La segunda, en 2005, para consultar sobre la ratificación del tratado que establecía una Constitución para Europa, el cual finalmente no prosperó. Ambos referendos tuvieron una respuesta mayoritariamente afirmativa a la propuesta del gobierno.
Procedimiento de Reforma Ordinario
Se aplica en reformas parciales de la Constitución que no afectan a las materias del artículo 168.1, es decir, para reformas no esenciales. Los proyectos deben ser aprobados por un 60% de cada cámara. Si no hay acuerdo, se crea una comisión paritaria de senadores y diputados para elaborar un nuevo texto. Si persiste el desacuerdo, el Congreso, con una mayoría de 66.6%, puede aprobar la reforma, siempre que el texto obtenga mayoría absoluta (50.1%) en el Senado. La Constitución permite un referéndum de ratificación si lo solicitan 35 diputados o 26 senadores en 15 días, siendo este potestativo.
Procedimiento de Reforma Agravado
Aplicación
Se utiliza para la revisión total de la Constitución o reformas parciales que afecten al título preliminar, la sección primera del capítulo segundo del título primero, o el título segundo.
Protección Constitucional
Este procedimiento protege:
- Principios generales y decisiones políticas fundamentales (título preliminar).
- Derechos fundamentales y libertades públicas (sección primera del capítulo segundo del título primero).
- Disposiciones referentes a la Corona (título segundo).
Se protegen los fundamentos del sistema democrático, los derechos y libertades fundamentales, y la monarquía parlamentaria.
Proceso
Requiere la aprobación del principio de revisión por mayoría de dos tercios en ambas cámaras, disolución de las Cortes y nuevas elecciones. Las nuevas cámaras deben ratificar la decisión (mayoría absoluta en el Senado y simple en el Congreso). Luego, se estudia el nuevo texto, que debe ser aprobado por dos tercios en ambas cámaras. Finalmente, se realiza un referéndum obligatorio para ratificar la reforma.
Críticas
Se critica la rigidez del procedimiento, diseñado para evitar su uso, especialmente para proteger la monarquía frente a pretensiones republicanas.