Relaciones Laborales y Condiciones de Trabajo: Aspectos Clave
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Relaciones Laborales y Condiciones de Trabajo
Tipos de Relaciones Laborales
Las relaciones laborales se definen por los siguientes requisitos:
- Personal: El trabajo debe ser realizado personalmente por el trabajador.
- Voluntaria: El trabajador presta sus servicios de forma voluntaria.
- Por cuenta ajena: El trabajo se realiza para otra persona, que es quien recibe los frutos del mismo.
- Retribuida: El trabajador recibe una compensación económica a cambio de su trabajo.
- Dependiente: El trabajador está sujeto a las órdenes e instrucciones del empresario.
Relaciones No Laborales o Excluidas
Las relaciones excluidas de la aplicación del derecho laboral son aquellas que no cumplen con alguno de los requisitos mencionados anteriormente o que, por sus características, se consideran fuera del ámbito laboral. Ejemplos de estas relaciones son:
- Trabajos realizados por amistad, benevolencia o buena vecindad.
- Trabajos por cuenta propia.
Relaciones Laborales Especiales
Las relaciones laborales especiales son aquellas que, a pesar de cumplir con todos los requisitos de una relación laboral, se rigen por normas específicas debido a las características particulares del trabajo. Algunos ejemplos son:
- Personal de alta dirección.
- Deportistas profesionales.
Derecho Laboral y Normativa Aplicable
Definición de Derecho
El Derecho es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones humanas y cuyo cumplimiento es obligatorio para los individuos.
Definición de Derecho del Trabajo
El Derecho del Trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones individuales y colectivas entre trabajadores y empresarios.
Jerarquía Normativa
La jerarquía normativa establece que las normas de rango inferior no pueden contradecir a las de rango superior y solo pueden ser anuladas por una norma de igual o superior rango.
Fuentes Internas del Derecho Laboral
Las fuentes internas del derecho laboral incluyen:
- Disposiciones legales y reglamentarias del Estado.
- Convenios colectivos.
- Contrato de trabajo.
Normas Básicas
Entre las normas básicas del derecho laboral se encuentran:
- Ley Orgánica de Libertad Sindical.
- Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Principio de Norma Mínima
El principio de norma mínima establece mínimos de derecho en la jerarquía superior que las normas de rango inferior deben respetar.
Organismos Principales
Los organismos principales en materia laboral son:
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
- Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
Derechos, Deberes y Poderes en la Relación Laboral
Derechos y Deberes del Trabajador
Los derechos del trabajador incluyen:
- Elección libre de profesión u oficio.
- Libre sindicación.
- Negociación colectiva.
- Derecho a la huelga.
Las obligaciones del trabajador son:
- Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo.
- Cumplir las medidas de seguridad e higiene.
Poder de Dirección Ordinario y Extraordinario
El poder de dirección ordinario se refiere a la capacidad del empresario para organizar y dirigir la empresa.
El poder de dirección extraordinario es la facultad del empresario para sancionar los incumplimientos del trabajador.
Límites al Poder Disciplinario
Existen límites al poder disciplinario del empresario:
- No se pueden imponer sanciones de multa de haber.
- Se permite la suspensión de empleo y sueldo.
- No se permite la reducción del tiempo de descanso.
Categoría, Grupo Profesional y Jornada Laboral
Categoría Profesional
La categoría profesional define el nivel retributivo, las tareas, funciones y responsabilidades de un puesto de trabajo.
Grupo Profesional
El grupo profesional agrupa las aptitudes profesionales, titulaciones y el contenido general de la prestación laboral.
Jornada Laboral
La jornada laboral es el tiempo que el trabajador está a disposición del empresario. Se regula por lo pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.
Distribución Regular de la Jornada
La distribución regular de la jornada incluye:
- Tope de trabajo diario.
- Descanso entre jornadas.
- Descanso mínimo semanal.
Tipos de Jornada
- Jornada partida: El tiempo de trabajo diario se divide en dos fracciones.
- Jornada continuada: No hay interrupción en la jornada de trabajo. Si supera las 6 horas, se establece un descanso de 15 minutos (30 minutos para menores de 18 años).
- Jornadas especiales: Se aplican en sectores con ampliación de jornada o reducción por circunstancias físicas especiales.
- Trabajo nocturno: Se considera trabajo nocturno el realizado entre las 22:00 y las 06:00 horas.
- Trabajo a turnos: Se realiza en horas diferentes en periodos de días o semanas.
Horas Extraordinarias
- Voluntarias: El trabajador no está obligado a realizarlas, con un máximo de 80 horas anuales.
- Obligatorias: Son las pactadas en convenio colectivo o contrato individual y las de fuerza mayor para reparar siniestros.
Descansos, Salarios y Nómina
Descansos Laborales
- Vacaciones: 30 días naturales al año como mínimo.
- Fiestas laborales: No más de 14 al año.
- Permisos retribuidos: Permisos cuyo coste asume el empresario.
Salarios
Los salarios son las percepciones económicas que recibe el trabajador por la prestación laboral realizada.
- Salario en especie: Se abona mediante bienes distintos del dinero. No puede superar el 30% del salario total.
- Salario Mínimo Interprofesional (SMI): Retribución mínima que deben cobrar los trabajadores. Lo fija el Gobierno e incluye dos pagas extras de 30 días.
Estructura del Salario
El salario se compone de:
- Salario base.
- Complementos salariales.
Garantías Especiales
- Inembargabilidad del SMI.
- Privilegio de los créditos salariales.
- FOGASA (Fondo de Garantía Salarial).
Nómina
La nómina es el documento que refleja el cobro del salario convenido. Constituye un derecho de los trabajadores y su abono debe ser documentado en un recibo.
Características de la nómina:
- Liquidación y pago.
- Periodo de liquidación.
- Documentación del pago.