Relaciones Laborales y Normativa Aplicable en España: Derechos y Obligaciones
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Tipos de Relaciones Laborales
Relación Laboral Ordinaria
Se caracteriza por ser:
- Voluntaria: El trabajador firma el contrato libremente.
- Por cuenta ajena: Los frutos directos del trabajo no son propiedad del trabajador.
- Remunerada: El trabajador presta sus servicios a cambio de una compensación económica.
- Personalísima: El trabajo debe ser realizado personalmente por el trabajador.
- Dependiente: El empresario es quien organiza y dirige la actividad laboral, y el trabajador está sometido a sus órdenes.
Relaciones Laborales Especiales
Reúnen todas las características de las relaciones laborales ordinarias, pero debido a sus peculiaridades se consideran especiales. Son las siguientes:
- El personal de alta dirección.
- Los trabajadores al servicio del hogar familiar.
- Los presos en instituciones penitenciarias.
- Los deportistas profesionales.
- Los artistas en espectáculos públicos.
- Quienes intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo de aquellas.
- Los trabajadores con discapacidad que trabajen en centros especiales de empleo.
- El personal civil al servicio de establecimientos militares.
- Los estibadores portuarios.
Relaciones Excluidas
No reúnen alguna de las condiciones de la relación laboral ordinaria. Son las siguientes:
- Los funcionarios públicos.
- Las prestaciones personales obligatorias.
- El consejero o miembro del Consejo de Administración de una sociedad, siempre que sea la única actividad que realiza en la empresa.
- Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
- Los trabajos familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- Los representantes de comercio que intervengan en operaciones mercantiles asumiendo el riesgo de las mismas.
- Los transportistas con vehículo propio.
- Los autónomos.
Jerarquía Normativa en el Derecho Laboral
- Derecho Comunitario
- La Constitución: Ninguna norma puede ir en su contra.
- Tratados Internacionales
- Leyes y normas con rango de ley
- Ley Orgánica: Cuya aprobación exige la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.
- Ley Ordinaria: Para su aprobación solo se necesita una mayoría simple.
- Decreto Legislativo: Dictada por el Gobierno. Por ejemplo, el Estatuto de los Trabajadores (ET).
- Decreto-Ley: Dictada por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad.
- Reglamento: Elaborados por el Gobierno en virtud de su potestad reglamentaria.
- Convenio Colectivo: Pacto entre los representantes de los trabajadores y el empresario.
- Contrato de Trabajo: Acuerdo entre el empresario y el trabajador.
- Usos y Costumbres Locales y Profesionales: Normas espontáneas para el devenir de los empresarios y trabajadores.
Las normas son elaboradas por:
- La sociedad: De la que emana la Constitución de 1978.
- El Estado: Crea normas a través de las Cortes Generales y de la Administración.
- Las Comunidades Autónomas.
- Los representantes de los trabajadores y de los empresarios: Quienes negocian los convenios colectivos.
- Los Tribunales: Que interpretan las normas.
Según el principio de jerarquía normativa, las normas de rango superior prevalecen sobre las de rango inferior.
Principios de Aplicación de las Normas Laborales
- Principio pro operario: Cuando una norma no es clara, siempre se aplicará la interpretación más favorable al trabajador.
- Principio de norma más favorable: Si en un momento se pueden aplicar dos o más normas, se aplicará la que más favorezca al trabajador.
- Principio de condición más beneficiosa: Si con posterioridad se establecen normas que son peores a las que disfrutaba el trabajador en virtud de su contrato, prevalecen las del contrato.
- Principio de norma mínima: Las normas jerárquicamente inferiores no pueden empeorar las superiores.
- Principio de irrenunciabilidad de los derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que les otorgan las normas.
Obligaciones y Derechos en el Ámbito Laboral
Obligaciones de los Trabajadores
- Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo.
- Observar las medidas de seguridad e higiene.
- Cumplir con las órdenes del empresario.
- No competir con el empresario para el que trabaja.
- Contribuir a la mejora de la productividad.
Obligaciones y Potestades del Empresario
Tienen la obligación de cumplir la ley y respetar los derechos de los trabajadores, así como la igualdad de trato y de oportunidades. Tienen como potestad:
- Poder para organizar la empresa.
- Poder para dictar órdenes.
- Poder para controlar que se están cumpliendo sus normas.
- Poder disciplinario: puede sancionar al trabajador.