Remuneración Laboral: Tipos, Pago y Protección en Chile
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Remuneración Laboral: Componentes, Pago y Protección
A continuación, se detallan los componentes de la remuneración, las formas de pago y las medidas de protección en el ámbito laboral:
Prestaciones que No Constituyen Remuneración
Las siguientes prestaciones no se consideran parte de la remuneración:
- De movilización
- De pérdida de caja
- De desgaste de herramientas
- De colación
- Los viáticos
- Las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley
- La indemnización por años de servicio, por aviso previo o del 4.11% y demás que procedan al extinguirse la relación laboral
- Las devoluciones de gastos en que incurra por causa de trabajo, por ejemplo, el cambio de residencia incluida su familia. No habrá derecho a devolución si el contrato termina por hecho o culpa del trabajador.
Prestaciones que Sí Constituyen Remuneración
Las siguientes prestaciones se consideran parte de la remuneración:
- El sueldo, que es el estipendio fijo en dinero pagado por periodos iguales, determinados en el contrato que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios.
- El sobresueldo, que consiste en la remuneración de horas extraordinarias de trabajo.
- La comisión, que es el porcentaje sobre el precio de las ventas o compras o sobre el monto de otras operaciones que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador.
- La participación, que es la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o solo de una o más secciones o sucursales de la misma.
- La gratificación, que corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.
Forma y Pago de la Remuneración
- La remuneración podrá ser por unidad de tiempo.
- El monto mensual de la remuneración no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual.
- En contratos con duración de 30 días o menos, se entenderá incluida la remuneración.
- Si es remunerado por días, tendrá derecho en dinero por días domingos y festivos.
- Las horas extraordinarias se incluyen en los días domingos y festivos.
Medidas de Protección a las Remuneraciones
- Las remuneraciones se pagarán en moneda de curso legal.
- El empleador deberá entregar al trabajador un comprobante del monto pagado.
- Las remuneraciones se pagarán con la periodicidad estipulada en el contrato.
- Las remuneraciones deberán pagarse en días de trabajo entre lunes y viernes; las partes podrán acordar otro día.