Requisitos para Crédito en A.M. Reguera División Motos: Asalariados e Independientes

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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A.M. Reguera División MOTOS

ASALARIADO (Trabajadores del Ministerio)

  • Fotocopia de Cédula de Identidad
  • Comprobantes de Ingreso (Certificado de Trabajo, Liquidación de Salario o Boleta de IPS)
  • Antigüedad Laboral mínima de 8 meses (6 meses en caso de aporte IPS)
  • 2 Referencias Personales (1 deberá ser pariente, vecino o amigo)
  • Referencias Comerciales (si las tuviera)
  • Edad comprendida entre 20 y 62 años
  • Salario Mínimo Legal Vigente
  • Croquis con Referencias (escuela, iglesia, farmacias, despensa, etc.)
  • Boleta de Servicio Público (ANDE, ESSAP u otro que confirme su dirección particular)

MICRO o TRABAJADOR INDEPENDIENTE

  • Fotocopia de Cédula de Identidad
  • Fotocopia de RUC o Patente
  • Comprobante de Ingreso (3 últimos Pagos de IVA o Boletas de Compras)
  • 2 años de Antigüedad en el Rubro
  • 2 Referencias Personales (1 deberá ser pariente, vecino o amigo)
  • Referencias Comerciales (si las tuviera)
  • Edad comprendida entre 20 y 62 años
  • Ingreso mínimo equivalente al Salario Mínimo
  • Croquis con Referencias (escuela, iglesia, farmacias, despensa, etc.)
  • Boleta de Servicio Público (ANDE, ESSAP u otro que confirme su dirección particular)

OBSERVACIONES

ASALARIADO

  • Se considerará como comprobante de Ingreso: Certificado de Trabajo, Liquidación de Salario o Boletas de IPS.
  • Para montos superiores a 7.000.000 Gs., se requerirá la firma del cónyuge (si lo hubiere) y contar con FINCA A SU NOMBRE, pudiendo esto demostrarse con boletas de servicio de ANDE o ESSAP. Para montos iguales o superiores a 10.000.000 Gs., se solicitará la verificación de finca.
  • Clientes con 63 años o más, y a criterio del vendedor gocen de buena salud, deberán firmar un seguro de vida.
  • En caso de que el cliente no cuente con la antigüedad laboral requerida en su trabajo actual, se tomará en cuenta la continuidad laboral no mayor a 3 meses.
  • Serán sujetos a crédito extranjeros con 5 años o más de residencia en el país que cuenten con carnet de admisión permanente.

MICRO TRABAJADOR o INDEPENDIENTE

  • En caso de ser Trabajador Independiente, se considerarán como comprobantes de ingreso las boletas de compra de su negocio, en caso de no contar con IVA o documento que respalde su ingreso.
  • Para montos superiores a 7.000.000 Gs., se requerirá la firma del cónyuge (si lo hubiere) y contar con FINCA A SU NOMBRE, pudiendo esto demostrarse con boletas de servicio de ANDE o ESSAP. Para montos iguales o superiores a 10.000.000 Gs., se solicitará la verificación de finca.
  • Clientes con 63 años o más, y a criterio del vendedor gocen de buena salud, deberán firmar un seguro de vida.
  • En caso de que el cliente no cuente con la antigüedad laboral requerida en su trabajo actual, se tomará en cuenta la continuidad laboral no mayor a 3 meses.
  • Serán sujetos a crédito extranjeros con 5 años o más de residencia en el país que cuenten con carnet de admisión permanente.

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