Tipos de Contratos Laborales en España: Duración, Requisitos y Características

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Contrato con Periodo de Prueba

  • Objeto: Periodo de tiempo durante el cual cualquiera de las partes (trabajador o empresario) puede dar por terminada la relación laboral, sin necesidad de preaviso ni derecho a indemnización.
  • Duración máxima: Establecida en el convenio colectivo. En su defecto:
    • Técnico titulado: 6 meses.
    • Empresas con menos de 25 trabajadores: 3 meses.
    • Empresas con 25 trabajadores o más: 2 meses.

Contrato de Interinidad

  • Objeto: Sustitución de un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un puesto durante el proceso de selección para su cobertura definitiva.
  • Forma: Por escrito, especificando el nombre, apellidos y la causa de la interinidad.
  • Duración: Mientras dure el derecho de reserva del puesto del trabajador sustituido o el proceso de selección.

Contrato de Obra o Servicio

  • Objeto: Realización de obras o servicios determinados con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es de duración incierta.
  • Forma: Por escrito, identificando suficientemente la obra o el servicio objeto del contrato.
  • Duración: El tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. No podrá tener una duración superior a 3 años, ampliables hasta 12 meses más por convenio sectorial.
  • Indemnización a la finalización: 12 días de salario por cada año de servicio en la empresa.

Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

  • Objeto: Atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. También podrá utilizarse para la contratación como primer empleo joven.
  • Forma: Puede ser verbal si su duración no es superior a 4 semanas y no es a tiempo parcial. También puede ser por escrito.
  • Duración: Máximo 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. En convenio sectorial puede establecerse, en un periodo de hasta 18 meses, una duración de las 3/4 partes del periodo con límite de 12 meses. El contrato de primer empleo joven será de 3 meses.
  • Indemnización a la finalización: Los contratos temporales, salvo los contratos formativos y de interinidad, en caso de extinción tendrán derecho a una indemnización de 12 días por año de servicio.

Contrato de Prácticas

  • Objeto: Obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados por los trabajadores con titulación universitaria, de Formación Profesional de Grado Medio o Superior, títulos reconocidos como equivalentes o certificado de profesionalidad.
  • Requisitos:
    • Disponer de la adecuada titulación o certificado de profesionalidad en relación con el trabajo a desarrollar.
    • No haber transcurrido más de 5 años desde la finalización de los estudios. En el caso de trabajadores discapacitados, dicho plazo será de 7 años. Esta limitación no regirá para los menores de 30 años.
  • Jornada: Tiempo completo o a tiempo parcial.
  • Retribución: Fijada en convenio. No puede ser inferior al 60% durante el primer año o al 75% durante el segundo año del salario fijado para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. En ningún caso se podrá cobrar menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Duración: No inferior a 6 meses ni superior a 2 años. Si se hubiera concertado por tiempo inferior a 2 años, se podrán acordar hasta dos prórrogas (con una duración mínima de 6 meses).
  • Periodo de Prueba:
    • Grado Medio: 1 mes.
    • Grado Superior: 2 meses.

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