Tipos de Contratos Laborales en España: Guía Completa y Actualizada
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Tipos de Contratos de Trabajo en España
1. Contratos de Duración Indefinida
Son aquellos cuya duración no está sujeta a un término final.
Contrato Indefinido Ordinario
Se establece a tiempo completo y no exige características especiales a las personas a contratar ni tiene incentivos para la empresa.
Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida
Contratación indefinida de trabajadores de colectivos con dificultades para su inserción laboral.
Requisitos de los trabajadores:
- Jóvenes desempleados de 16 a 30 años.
- Mujeres desempleadas para prestar servicios en profesiones con menor índice de empleo femenino.
- Parados que lleven más de 6 meses inscritos como demandantes de empleo.
- Desempleados mayores de 45 años.
- Minusválidos desempleados.
- Conversión en indefinidos de contratos temporales suscritos antes de una fecha determinada (cambia cada año).
Incentivos:
Reducción en las cotizaciones a la Seguridad Social (depende de la situación del trabajador y de la empresa).
2. Contratos Formativos
No son contratos temporales, sino que proporcionan formación a los trabajadores.
En Prácticas
Práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados.
Requisitos:
Disponer de la titulación universitaria o formación profesional específica, en los 4 años siguientes a la obtención de la titulación.
Duración:
Entre 6 meses y 2 años.
Jornada:
A tiempo completo o tiempo parcial.
Retribución:
La fijada en el convenio, no inferior al 60% el 1er año y 75% el 2º, nunca menos del S.M.I. Si es a tiempo parcial en proporción al tiempo trabajado.
Periodo de prueba:
Máximo un mes para titulados de grado medio, dos para titulados superiores.
Para la Formación
Adquisición de formación teórica y práctica para el desempeño de un puesto de trabajo.
Requisitos:
No tener la titulación requerida para hacer un contrato en prácticas en este oficio, no haber desempeñado ese puesto más de 12 meses. No ser mayor de 21 años (excepciones: minusválidos, más de 3 años sin actividad laboral...).
Duración:
De 6 meses a 2 años. Por convenio hasta 3 años, minusválidos hasta 4 años.
Jornada:
A tiempo completo (no válido a tiempo parcial), un 15% mínimo se dedicará a formación teórica.
Retribución:
En proporción al tiempo de trabajo efectivo, nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional.
Seguridad Social:
Cuotas muy reducidas, no generan derecho a prestación por desempleo.
3. Contratos de Duración Determinada
Por Obra o Servicio Determinado
Efectuar obras o servicios con autonomía de la actividad de la empresa de duración incierta.
Forma:
Por escrito.
Duración:
El necesario para la obra.
Denuncia:
Si el plazo de la obra es superior a un año, 15 días.
Por Circunstancias de la Producción o Eventual
Atender a las exigencias circunstanciales del mercado.
Forma:
De forma verbal si no es superior a 4 semanas y no es a tiempo parcial.
Duración:
6 meses en un periodo de 12 meses. Si es un periodo entre 12 y 18 meses, las ¾ partes, con un máximo de 12 meses.
Denuncia:
Si el plazo de la obra es superior a un año, 15 días.
De Interinidad
Sustituir un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo (enfermedad, accidente,...) o cubrir un puesto durante el proceso de selección.
Forma:
Por escrito. Debe figurar el trabajador sustituido y la causa.
Duración:
Mientras dure el derecho de reserva. Si es durante el proceso de selección, máximo 3 meses.
Bonificaciones:
Dependen de la causa por la que se realice la sustitución (ejemplo baja por maternidad).
4. Programas de Fomento de Empleo
Cada año y en función de la situación económica del país se suelen aprobar distintos planes que pueden incluir programas de fomento de empleo, creando nuevas formas de contrato o proporcionando nuevas características a los ya existentes, como reducciones de las cuotas a la Seguridad Social, reducciones de las indemnizaciones en caso de finalización de la relación laboral,…
Fomento de empleo para trabajadores minusválidos:
Contratación temporal de trabajadores discapacitados independientemente de su situación laboral anterior.
Duración:
Entre 12 meses y 3 años.
Jornada:
A tiempo completo o parcial.
Incentivos:
Si es a jornada completa, reducción del 75% de la cotización a la S.Soc.
Contrato de trabajo para la contratación de trabajadores minusválidos
Contratación de minusválidos con una minusvalía mínima de 33%, inscritos en la Oficina de Empleo. En empresas de 50 o más trabajadores deben ser al menos el 2% de su plantilla.
Incentivos:
Subvención de xxx euros (cambia cada año)
5. Los Contratos a Tiempo Parcial
Son aquellos en los que se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable. Puede concertarse por periodo de tiempo indefinido o por duración determinada y se debe formalizar por escrito. Tienen los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo (aunque lógicamente la retribución irá en proporción al tiempo trabajado).
Contrato a tiempo parcial
Prestación de servicio durante un nº de horas al día, semana, mes o año inferior a la jornada a tiempo completo.
Duración:
Puede ser duración indefinida o determinada, dependiendo del tipo de contrato que se trate
Horas extraordinarias:
No están permitidas las horas extraordinarias.
Horas complementarias:
Pueden pactarse por escrito, hasta el límite del 15% de las horas ordinarias del contrato. Cotizan como si fueran horas ordinarias.
Salario:
El salario y la cotización a la S.Soc. en proporción al tiempo trabajado.
6. Relacionados con la Jubilación de un Trabajador
De Relevo
Sustitución parte de la jornada de un trabajador que se jubila parcialmente (reduce su jornada entre el 25% y el 85%). El relevista puede ser contratado a tiempo completo.
Requisitos de los trabajadores:
Figurar como desempleado en la Oficina de Empleo. Al relevado deben faltarle como máximo 5 años para la jubilación total y tener derecho a pensión.
Duración:
El tiempo que le falte al trabajador relevado para la jubilación total, como máximo 5 años.
De sustitución por anticipación de la edad de jubilación:
Sustituir a trabajadores que anticipan la edad de jubilación a los 64 años.
Requisitos trabajadores:
Hallarse inscrito en las Oficinas de Empleo
Forma:
Cualquier modalidad de contrato, excepto a tiempo parcial. Debe constar el nombre del trabajador que se jubila.
7. Contratos Fijos Discontinuos
Contrato para la realización de trabajos fijos discontinuos
Trabajo indefinido a tiempo parcial para efectuar trabajos que se repiten todos los años en ciertas fechas o trabajos fijos de ejecución discontinua en el tiempo que no se repiten en fechas fijas.
Duración:
Se suscribe cuando se trabaja anualmente meses o semanas fijos. Si no es en fechas ciertas, los trabajadores son llamados en orden y forma que se determine. Si no se llama como habitualmente el trabajador puede reclamar el despido.