Tipos de Contratos Laborales: Prácticas, Formación y Aprendizaje, y Tiempo Parcial

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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Contrato en Prácticas

El contrato en prácticas tiene como objetivo que el trabajador realice un trabajo retribuido que facilite la práctica profesional adecuada a su nivel de estudios, ya sea de Formación Profesional, universitarios, o bien de un certificado de profesionalidad.

Requisitos

  • Poseer un título de Formación Profesional, universitario o un certificado de profesionalidad.
  • Realizar el contrato dentro de los 5 años siguientes a la terminación de los estudios (7 años para personas con discapacidad). Para los menores de 30 años no existirá el límite de 5 años desde la obtención del título.
  • Formalizar el contrato por escrito.

Duración

  • Mínimo 6 meses, máximo 2 años.
  • Puede ser a tiempo completo o parcial.
  • El periodo de prueba es de 1 mes para títulos de grado medio y 2 meses para grado superior.

Retribución

  • Según lo establecido en el Convenio Colectivo o contrato.
  • Nunca inferior al 60% el primer año ni al 75% el segundo año del salario fijado para un trabajador de su misma categoría.

Incentivos

El empresario tiene bonificaciones a la Seguridad Social.

Contrato para la Formación y el Aprendizaje

El contrato para la formación y el aprendizaje tiene como objetivo cualificar a un trabajador en un régimen donde se va alternando el tiempo de trabajo retribuido con cursos de formación.

Requisitos

  • Tener entre 16 y 25 años. Excepciones: hasta 30 años mientras la tasa de paro no sea inferior al 15%. No habrá límite de edad cuando se trate de personas con discapacidad.
  • No poseer cualificación profesional.
  • Si no se posee el título de la ESO, la formación deberá permitir obtener dicho título.
  • La formación se acreditará por el Servicio Público de Empleo con un certificado.
  • No haber desempeñado antes el puesto por un tiempo superior a 12 meses.
  • Formalizar el contrato por escrito.

Duración

  • Mínimo 1 año, máximo 3 (se puede variar en Convenio Colectivo, mínimo 6 meses).
  • No puede ser a tiempo parcial.

Jornada

  • Compatible con formación teórica.
  • Primer año: máximo 75% de trabajo efectivo; segundo y tercer año: máximo 85% de trabajo efectivo.

Contrato a Tiempo Parcial Común

El contrato a tiempo parcial común tiene como objetivo realizar una prestación en un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a las que realiza un trabajador comparable del convenio a tiempo completo.

  • Debe formalizarse por escrito.
  • Puede ser indefinido o temporal.
  • Todas las modalidades de contrato pueden ser a tiempo parcial, excepto el contrato para la formación y el aprendizaje.
  • Se pueden hacer horas complementarias, que son horas adicionales a las pactadas en el contrato.

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