Tipos de Endoso en Pagarés: Clasificación y Efectos

Clasificado en Derecho

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  • Clases de Endoso
  • Endosos Plenos

Producen la transmisión de la propiedad del pagaré y de todos los derechos que de él resultan, así como los efectos propios del endoso (traslativo, legitimatorio y de garantía).

  1. Endosos Limitados

Atribuyen una garantía o la facultad de actuar como mandatario. Estas limitaciones han de hacerse constar de forma expresa en el título; de lo contrario, el endoso se reputará como pleno. Existen dos clases de endosos limitados:

  1. Endoso de Apoderamiento

Legitima al endosatario sólo para el cobro del pagaré como apoderado del endosante, de modo tal que no podrá volver a endosarlo más que para el mismo objeto, es decir, para su cobro. El endosatario, de este modo, actuará no en derecho propio, sino en el de su endosante, no adquiriendo la propiedad del título y estando sometido, además, a las excepciones que el deudor pueda tener contra su endosante/mandante. Tal circunstancia se hará constar en el documento mediante la inserción de las cláusulas “por poder”, “valor al cobro”, “para cobranza” o cualquier otra similar, puesta en la propia cláusula del endoso.

  1. Endoso de Garantía

Tiene como función que el titular pignore el pagaré en garantía de un crédito existente contra él. Se insertará en el documento las cláusulas “valor en prenda”, “valor en garantía”, u otra análoga. Este tipo de endoso limitado no produce tampoco la transmisión de la propiedad del título, pese a lo cual el endosatario no se verá afectado por las excepciones surgidas de las relaciones entre deudor y endosante, puesto que el acreedor pignoraticio, aunque sea con fines de garantía, ejerce derechos cambiarios en nombre propio y no por cuenta del endosante.

  1. Endosos al Portador y Endosos en Blanco

Legitiman al sujeto que sea poseedor del título en el momento del vencimiento, pasando a funcionar el título como título al portador en su circulación. El endosante, de este modo, puede establecer una cláusula en su endoso por la que se prohíban ulteriores transmisiones. En este caso, la prohibición no será tal, el título podrá seguir circulando, pero con la limitación de que tal endosante en concreto no responderá frente a las personas a quienes posteriormente se les endose el pagaré.

  1. Endoso “sin mi responsabilidad”

Implica que el endosante no garantiza el pago frente a los tenedores posteriores; con ellos se elude el efecto de garantía inherente a los endosos plenos.

  1. En virtud de la persona a la que se endose el pagaré

  2. Endoso a Terceros

  3. Endoso a favor del Firmante

  4. Endosos a Anteriores Tenedores del Pagaré

  1. Endoso de Retorno

Endoso a una persona ya vinculada con la obligación contenida en el pagaré: aceptante, beneficiario endosante o cualquier endosante anterior.

  1. En función del momento en que se produzca el endoso

  2. Endosos Anteriores al Vencimiento

  3. Endosos Posteriores al Vencimiento

  4. Endosos Posteriores al Protesto

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