Tipos de Salario y Percepciones Económicas de los Trabajadores
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Características del Salario
El salario se define por las siguientes características:
- Percepciones económicas de los trabajadores: En dinero o en especie.
- Por la prestación profesional de servicios laborales por cuenta ajena.
- Retribuyen el trabajo efectivo: Cualquiera que sea la forma de remuneración.
- El salario en especie no puede superar el 30% del salario total.
Percepciones No Salariales
Son cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnización o suplido como consecuencia de su actividad laboral. Incluyen:
- Indemnizaciones o suplidos por gastos realizados como consecuencia de la actividad laboral.
- Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.
- Indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos.
Clases de Salario
El salario se puede clasificar según:
1. Medio de Pago
- Dinerario: Pago con dinero.
- En especie: Pago con bienes o servicios.
2. Forma de Determinación
- Salario fijo: Pago mínimo garantizado cada mes.
- Retribución variable: Pagos variables en función de ciertos factores.
- Retribución por unidad de tiempo: Pago por hora, día, mes o año trabajado.
- Retribución por unidad de obra: Pago según la producción realizada.
- Retribución mixta: Combinación de salario fijo y complementos o incentivos.
3. Periodicidad en el Devengo
- Retribución ordinaria: Se devenga mensualmente.
- Retribución extraordinaria: Pagas extraordinarias.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
Es el nivel mínimo de retribución para un trabajador por su prestación en un tiempo determinado. Cualquier salario inferior al SMI se considera nulo. Lo fija anualmente el Gobierno mediante Real Decreto, teniendo en cuenta el Índice de Precios al Consumo (IPC).
Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM)
El IPREM es un índice de referencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones, etc. Se publica anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Interés por Mora en el Pago del Salario
El pago del salario no puede demorarse más de un mes. En caso de retraso culpable, el empresario debe indemnizar al trabajador con un interés anual del 10% sobre la cantidad adeudada.
Carácter Privilegiado del Crédito Salarial
El Estatuto de los Trabajadores establece un orden de preferencia en el cobro de deudas, considerando los créditos salariales como privilegiados:
- Salarios de los últimos 30 días de trabajo, con un límite del doble del SMI.
- El plazo para ejercitar los derechos de preferencia de cobro es de un año.
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
El FOGASA garantiza a los trabajadores el pago de salarios pendientes en caso de insolvencia del empresario.
Excluidos de la Protección del FOGASA
- Trabajadores del Sistema Especial del Servicio del Hogar Familiar.
- Socios trabajadores de cooperativas.
Financiación y Límites del FOGASA
El FOGASA se financia con las aportaciones de los empresarios (0,20% de la Base de Cotización por Contingencias Profesionales). El importe máximo que paga el FOGASA es el doble del SMI diario por los días pendientes de pago, con un máximo de 120 días.