Tipos de Sociedades Empresariales: Cooperativas, Comanditarias y Anónimas

Clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 4,58 KB

Cooperativas

Las cooperativas son sociedades no mercantiles formadas por personas que se asocian libremente para desarrollar una actividad empresarial y satisfacer unas necesidades. Se caracterizan por presentar una estructura y un funcionamiento democrático. Los resultados obtenidos se imputan a sus miembros una vez cumplidos los fondos comunes. Forman parte del tercer sector y pueden ser de dos tipos:

Cooperativas de primer grado

Si cumplen los siguientes aspectos:

  • Número de socios: Entre tres y cinco. Ningún socio puede poseer más de un tercio del capital.
  • Aportaciones: Dinero, bienes, derechos y trabajo.
  • Capital social mínimo: Sin límite.
  • Representación del capital: En participaciones sociales.
  • Órgano de administración: Administrador único cuando los socios son menos de diez o por consejo rector, que puede gestionar directamente.
  • Responsabilidad: Limitada a las aportaciones.
  • Denominación: Nombre + "Sociedad Cooperativa". Atendiendo a la actividad empresarial, pueden ser de trabajo asociado (con el objetivo de crear puestos de trabajo para los socios), agrarias, de mar, de seguros, de salud, etc.

Cooperativas de segundo grado

Compuestas por un mínimo de dos cooperativas, siendo el resultado de la asociación de cooperativas.

Sociedades Comanditarias

Las sociedades comanditarias tienen una filosofía que descansa al mismo tiempo sobre la comunidad de trabajo y la de capital, constituyendo estas sociedades a dos tipos de comanditas:

Sociedades comanditarias simples

Deben cumplir los siguientes aspectos legales:

  • Número de socios: Dos: uno colectivo y otro comanditario.
  • Aportaciones: Dinero, bienes, derechos y trabajo para el socio colectivo; y dinero, bienes y derechos para los comanditarios.
  • Capital social mínimo: Sin límite.
  • Representación del capital: En participaciones sociales.
  • Órgano de administración: Todos los socios están facultados para ejercer la dirección de la empresa.
  • Responsabilidad: Ilimitada, personal, subsidiaria y solidaria para los colectivos; y para los comanditarios, limitada a las aportaciones realizadas.
  • Denominación: Nombre + "Sociedad Comanditaria".

Sociedades comanditarias por acciones

Aspectos legales que deben cumplir:

  • Número de socios: Tres: uno colectivo y dos comanditarios.
  • Aportaciones: Como en el caso anterior.
  • Capital social mínimo: 60.000€ desembolsados en un 25%.
  • Representación del capital: En acciones al portador.
  • Órgano de administración: Como en el caso anterior.
  • Responsabilidad: Como en el caso anterior.
  • Denominación: Nombre + "Sociedad Comanditaria por Acciones".

Sociedades Anónimas

Las sociedades anónimas son sociedades mercantiles, ya que tienen la forma jurídica más avanzada. Estas facilitan la resolución de problemas de la empresa y limitan la responsabilidad de los socios. Deben cumplir los siguientes aspectos legales:

  • Número de socios: Uno.
  • Aportaciones: Dinero, bienes y derechos.
  • Capital social mínimo: 60.000€ desembolsados en un 25%.
  • Representación del capital: En acciones. Acción: fracción alícuota del capital social de una empresa. Son activos financieros que representan la contrapartida que recibe un socio por las aportaciones al capital de la empresa. Convierten a los accionistas en propietarios. Derechos:
    • Derecho a recibir un porcentaje de los beneficios.
    • Derecho de voto en las juntas generales de accionistas.
    • Derecho de información sobre la situación de la empresa.
    • Derecho a transmitirlas libremente.
    • Derecho a participar en el patrimonio de liquidación.
    • Derecho de suscripción preferente en las ampliaciones de capital.
  • Órgano de administración: Asumida por un administrador único.
  • Responsabilidad: Limitada a las aportaciones.
  • Denominación: Nombre + "Sociedad Anónima".

Entradas relacionadas: