Tributaria 2
Clasificado en Ciencias sociales
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estructura o elementos del tributo o dicho impuesto:
Sujeto activo: es el ente acreedor del tributo, normalmente el estado, nacion o municipio. sujeto Pasivo: es el obligado al cumplimiento de las obligaciones tributarias, ejemplo: contribuyente, responsables o agentes de retencion. Hecho Imponible: es el suceso q ocurre por una ley, cuando ocurre la persona se obliga con el estado.
Anualidad:es la serie de pagos iguales y periodicos, los pagos pueden ser tomados como ingreso o egreso, y no necesariamente deben ser anuales. es una serie de pagos q cumple con las sig condiciones: *todos los pagos son de igual valor. *todos los pagos se hacen a iguales intervalos de tiempo. *todos los pagos son llevados al principio o al final de la serie a la misma tasa. *el numero de pagos debe ser igual al numero de periodos.
Globalidad: es cuando se mide el monto toal del enriquecimiento q una persona ha obtenido en el año, es decir q reune en un monto unico la totalidad de los enriquecimientos obtenidos por un contribuyente para asi poder aplicar las tarifas progresivas.
Territorialidad del Ingreso: es un fundamento esencial de la soberania en la cual cada estado puede prescribir y aplicar normas desde su respectivo territorio, entonces un enriquecimiento proviene de actividades economicas realizadas en la rep boliv de vzla cuando alguna de las causas q lo origina ocurra dentro del territorio nacional.
Extraterritorialidad del Ingreso: se refiere a q se aplican leyes del pais fuera del territorio, bajo ciertas circunstancias y no toda la legislacion, teniendo en cuenta esto el ISLR esatblece la aplicacion extraterritorial de la ley de impuesto desde el 1ero de enero de 2001 donde tambien pagan impuestos los residentes y domiciliados en Vzla individuos o empresas, por las rentas q reciban en el exterior.
Disponibilidad:se refiere a la oportunidad en el cual el titular de un enriquecimiento puede hacer uso del mismo desde el punto de vista legal y economico, en otras palabras es cuando puede hacer uso de ese enriquecimiento tanto de hecho como de derecho. Hay dos tipos de disponibilidad:
- Punto de vista economico:con respecto a la renta el contribuyente tiene la facultad de usarla, gozarla, disfrutarla y disponer de ella en la forma q le sea conveniente.
- Punto de vista juridico:una renta se considera disponible no solo cuando se tiene sobre el mismo, los titulos juridicos indispensable sino tambien cuando se puede ejercer todos los atributos de la propiedad y particularmente el de su libre empleo conforme a la voluntad del titular de derecho.
clasificacion de la disponibilidad:renta disponible cuando son pagadas: o cuando se recibe el dinero, ejem: sueldos y salarios, ganancia fortuita, honorarios profesionales. Rentas disponibles cuando se realizan las operaciones q la producen: ejem: operaciones comerciales, industriales, de servicios, agropecuarias, minas e hidrocarburos. rentas disponibles sobre la base de los ingresos devengados o sobre la base del beneficio q proporcionalmente conrresponda ejem: operaciones de descuento, cesiones de descuento.
Diferencia entre Exencion y Exoneracion.
Exenciones:es la dispensa total o parcial del pago de la obligacion tributaria otorgada por la ley.
- no depende de la decision del ejecutivo nacional.
- no tienen limite de tiempo.
- son solo los contribuyentes q estan estipulados en el art 14 de LISLR.
- no lo solicita el beneficiario ya q esta estipulado en la ley.
requisitos para q proceda: los casos de exencion del impuesto son taxativos no dependen del poder ejecutivo o decretos q este dicte, pues estan señalados en su art 14 sin sometimiento a condicion o requisito previo alguno.
estan exentos del pago del ISLR: 1) las entidades de caracter publico, el BCV y el Fondo de Inversiones de Vzla, asi como los demas institutos oficiales autonomos q determine la ley. 2) las instituciones beneficas y de asistencia social, simpre q sus enriquecimientos se hayan obtenido como medio para lograr los fines antes señalados: siempre q en ningun caso distribuyan ganancias. 3) los asegurados y sus beneficiarios, por las indemnizaciones q reciban en razon de contratos de seguros. 4) los pensionados y jubilados, por las pensiones que perciban por concepto de invalidez, retiro o jubilacion. 5) los donatarios, herederos y legatarios.
Exoneraciones:es la dispensa total o parcial del pago de la obligacion tributaria concedida por el poder ejecutivo.
- son concedidas con caracter general en favor de todos los q se encuentren en lo establecido en la ley o fijados por el poder ejecutivo.
- el termino maximo de la exoneracion sera de 5 años.
- las exoneraciones concedidas a instituciones sin dines de lucro podran ser por tiempo indefinido.
- las concede el poder ejecutivo.
requisitos para q proceda: la ley q autorice el ejecutivo nacional para conceder exoneraciones especificara los tributos q comprenda y la ley podra facultar al poder ejecutivo para someter la exoneracion a determinadas condiciones y requisitos.
Diferencia de las Leyes: reforma del 22/10/99:
- se establece la renta mundial.
- el patrimonio neto negativo no se reajustaba.
- el balance general en este tiempo se denomina balance general reajustado.
- existian dos metodos en lo referente a los inventarios (metodo de las unidades fisicas y el metodo de saldos.
- son 180 dias continuos o discontinuos para las personas no residentes.
- las perdidas extraterritoriales se compensaban con el enriquecimiento territorial.
reforma del 28/12/01:
- el patrimonio neto negativo si se reajusta.
- el reajuste general de los inventarios se realiza en base a monto en bolivares.
- el balance general se denomina balance general fiscal actualizado.
- son 183 dias continuos para contribuyentes no residentes.
- las perdidas territoriales se compensan con el enriquecimiento territorial y las perdidas extraterritoriales con el enriquecimiento extraterritorial.
- existen acuerdos anticipados sobre precios de transferencia.
Diferencias entre el sistema mixto y el sistema global y sistema cedular o analitico (feccha de vigencia de cada una):
sistema cedular: este sistema gravaba sus rentas clasificandolas en categorias o cedulas. Este sistema buscaba gravar de manera mas fuerte las ganancias de capital consideradas como perezosas. Este sistema no se utilizo en Vzla, tuvo dificultad de aplicacion y control por las tasas.
sistema mixto: este sistema clasificaba las rentas del contribuyente de acuerdo con su origen y naturaleza para luego aplicarle el impuesto proporcional. En este sistema el impuesto se calculaba obteniendo la suma de todos los enriquecimientos de cada contribuyente y su producto se sumaba con el impuesto cedular para asi obtener el gravame de cada contribuyente por año. Entra en vigencia: fue acogido desde su creacion por el ISLR Vzlno en el 1943 hasta 1966.
sistema global: a diferencia de los otros sitemas el sistema global grava el monto total de los enriquecimientos del contribuyente sumados algebraicamente, sin considerar el origen de tales rentas. Se puede decir que es un impuesto personal pues toma en consideracion la capacidad contributiva del sujeto. Entra en vigencia: esta forma de imposicion fue el que sustituyo al sistema de gravamen mixto, la ley fue promulgada el 16 de diciembre de 1966 y entro en vigencia el 1ero de enero de 1967.