Unidad Funcional de las Normas: El Ordenamiento Jurídico

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La Unidad Funcional de las Normas: El Ordenamiento Jurídico

Cuando hablamos de Derecho, hacemos referencia a un amplio conjunto de normas jurídicas que están vigentes dentro de un espacio jurídico-político unitario y que tienen una básica unidad estructural y funcional. Esta realidad suele ser designada también como "ordenamiento jurídico". La realidad tan compleja y diferenciada de normas que comprenden el Derecho no forman un simple conglomerado, sino que se integran en una totalidad que actúa unitariamente, dando sentido y operatividad a tales normas. La multitud de preceptos jurídicos de diverso origen, diverso rango y contenido dispar, actúan de forma articulada, como una totalidad sistemática.

La idea de que los Derechos estatales constituyen realidades orgánicamente sistemáticas que operan según una articulación compleja y profunda, hizo que varios autores empezaran a designar y definir esos Derechos desde el concepto de ordenamiento jurídico. La interdependencia y complementariedad operativa de las diferentes normas de un determinado ordenamiento jurídico son una exigencia del propio carácter normativo del Derecho, ya que la funcionalidad social de las normas jurídicas (misión de establecer los cauces por los que han de transcurrir las conductas de los ciudadanos) exigen una estrecha coordinación e interdependencia.

Ejemplo: cuando el Código Civil dice "podrán celebrar contrato de compra y venta todas las personas a quienes este código autoriza a obligarse", resulta evidente que el contenido normativo de este artículo está vinculado a todas aquellas otras disposiciones que regulan el efecto y alcance de la personalidad jurídica.

Existen una serie de factores que contribuyen a unificar la de por sí naturaleza dispersa, lo que supone el hecho de que las normas jurídicas proyectan su propia acción reguladora sobre las conductas de unos sujetos que conviven dentro de un mismo territorio en una época determinada.

Factores que Contribuyen a la Unidad del Ordenamiento Jurídico

  1. La vinculación a un ideario político

    Todas las normas jurídicas que pertenecen a un mismo ordenamiento se ven sometidas a la presión unificadora del conjunto de principios estructuradores de la organización social en la que las normas jurídicas actúan como elemento regularizador. Se trata de una coherencia ético-política interna, una especie de espíritu o alma del Derecho de cada pueblo en un momento dado.

  2. La referencia a una única autoridad jurídica suprema

    Esta referencia imprime a las reglas jurídicas un sentido unitario de acción, puesto que esa autoridad central fija los objetivos comunes y respalda con su poder el efectivo cumplimiento de cada una de las normas. Se admite que es la voluntad del Estado el agente unificador de las normas que componen el ordenamiento, al actuar como fuente última de validez y garante supremo de la eficacia de todos y cada uno de los preceptos jurídicos.

  3. El vínculo de recíproca derivación o dependencia jerárquica

    Partiendo de las normas jurídicas inferiores y ascendiendo gradualmente hacia las normas superiores, termina llegándose a una norma suprema que ya no depende ni deriva de ninguna otra regla superior a ella. Esta norma suprema se designa como norma fundamental y actúa como fundamento y origen de la unidad de todas las normas que integran un Derecho estatal dado. Así pues, normas muy dispares como son las leyes, las costumbres, los reglamentos, los contratos, los testamentos, resoluciones administrativas, etc., constituyen una estructura jurídica unitaria porque todas ellas tienen el fundamento de validez en un solo y mismo centro de referencia.

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