Contratos de trabajo y reforma laboral
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Contratos de trabajo
5. El contrato de trabajo puede formalizarse por escrito o de palabra. Es obligatorio por escrito, excepto el contrato indefinido ordinario y el contrato eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo, cuya duración sea inferior a 4 semanas. El trabajador puede exigir en cualquier momento que el empresario realice por escrito el contrato y quede constancia del mismo desde el primer día en el que el trabajador acudió a trabajar. Además, el empresario debe informar por escrito al trabajador en el plazo de dos meses desde la fecha de comienzo de la relación laboral sobre los elementos esenciales del contrato, cuando la relación laboral sea de duración superior a 4 semanas.
6. ¿Qué tipos de contrato... Continuar leyendo "Contratos de trabajo y reforma laboral" »