Funciones y Deberes del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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ARTÍCULO 21. Para el cumplimiento de sus finalidades, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal ajustará su funcionamiento a las siguientes funciones, deberes y facultades:
Gobierno y Control de la Matrícula
a) Tendrá el gobierno y contralor de la matrícula de abogados, con poder disciplinario sobre estos por Tribunal de Disciplina y reglamento que dicte la Asamblea de Delegados;
b) Vigilará y controlará que la abogacía no sea ejercida por personas carentes de título habilitante, o que no se encuentren matriculados. Esta tarea estará a cargo de la Comisión de Vigilancia, integrada por miembros del Consejo Directivo;
Ética Profesional y Disciplina
c) Aplicará las normas de ética profesional que sancione la Asamblea de Delegados... Continuar leyendo "Funciones y Deberes del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal" »