Métodos de amortización y cálculo de valor

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Calculo amortización:

Vida útil/100=porcentaje amortización

Por coeficiente seria:

Coef.Min [(Coef.Max-Coef.Min) x horas/8] El coef max te lo dan y el Min es 100/periodo maximo


EJEMPLOS VARIOS:

Si es de segunda mano se amortiza al doble (2%--->4%)

Si la maquina se rompe antes de amortizarla del todo: Debe: 281 (lo acumulado hasta la rotura) y 678 (el resto) ; Haber 213 si es una maquina por ejemplo.


Métodos Amortización:

Constante: 100/coefMax te da los años. NO PUEDE DAR MENOS DE 11%

Si sale menos de 5 --> CoefMax x 1,5 ; Si sale 5,6,7 años --> Coef Max x 2

Si sale 8 o mas--> Coef Max x 2,5 Y esto se amortiza sobre lo que queda por amortizar. El ultimo año lo que quede.


Nombres digits: 100/coefMax te da los años. Si da 4 por ejemplo haces 4+3+2+1=10. El valor de la maquina por ejemplo es 100, lo divides entre el 10 que te ha dado, y da 10 esto es la QUOTA PER DIGIT. Entonces en la tabla son 4 años, haces 100*4 el primer año, 100*3 el segundo, y asi hasta el ultimo.


ESCÀS VALOR:

Han de ser NUEVOS, hasta 300€/u y un limite de 25000€

Si se pasa de 25000: Divide 25000 entre el valor unitario, y esas seran las unidades que podras amortizar al 100%

El resto: si quedan 15 por ejemplo y valen 300€ y se amortizan al 25%, haces (15*300)*0,25 SI FUESE ERD, ESE 25% SERIA 50%


BAIXA UTILLATGE:

Ej. Pierdes 3000€ y se amortizan al 20% pero somos ERD, el asiento seria:

DEBE: 2814 (1200€ que salen de 3000*0,4) y 659 (1800€ que son el resto) HABER: 214 (3000€)


PERDUA VALOR:

Si hay perdida de valor: Debe: 691; Haber 291 (con el numero que sea detras)

Si se revierte: Debe: 291; Haber: 791


CLIENTES:

6 meses para ponerlos en morosos, si hay concurso de creditores se puede poner directamente y en las admin.publicas necesitas reclamacion judicial.

Moroso: Debe: 436; Haber 430, 4310 o lo que sea; Luego haces: Debe:694 ; Haber 490.

Si se declara insolvente: Los dos de arriba + Debe: 650; Haber: 436 y luego: Debe: 490; Haber: 794 PUEDE SER QUE SOLO HAYA UNA PARTE INCOBRABLE, SI ES ASI LA PARTE QUE SE COBRA ES 572 A 436


ERD: El doble del % amort. Pero si en el momento que se empezo a amortizar no eran ERD, NO HAGAS EL DOBLE.

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